EDUARDO CORONEL CHIU
Va para largo el juicio de amparo de los magistrados de plazo vencido que pretenden permanecer en el cargo en forma vitalicia, pero su resultado final sin duda tendrá serias repercusiones tanto para la composición del Tribunal de Justicia como para la interpretación del tema del nombramiento y estabilidad de los magistrados del Poder Judicial.
Confirmada la veracidad de la resolución del juez de distrito en Xalapa, que concedió el amparo para efectos a los magistrados Haydee González Rebolledo y José Antonio López Villalba, es decir, para que se tramite el proceso de ratificación, que no debe confundirse con un mandamiento de ratificación, el cual admite el recurso y por ello carece de definitividad, el asunto todavía está en veremos.
Aunque en esta primera caída, el juez de distrito falló a favor de los quejosos y quejumbrosos magistrados, el Tribunal de Circuito podría revocar, modificar o confirmar esa resolución.
El revés ha sido inesperado para las autoridades participantes de proceso de nombramiento de magistrados, el Ejecutivo y Congreso, y para el propio Tribunal Superior de Justicia, donde no se concedían muchas posibilidades para una concesión de amparo.
En el medio local, sobre todo en el Poder Judicial del Estado, no se consideraba que el juez de distrito fuera a determinar que la Constitución de Veracruz era inconstitucional en su artículo que estipula la duración en el cargo de magistrado de 10 años improrrogables, por una supuesta contradicción con la federal que contiene la posibilidad de la ratificación.
Con la misma cobija de la inamovilidad
La argumentación del juez, susceptible de modificarse en instancia superior, revela una tendencia en el Poder Judicial federal a volver inamovibles a los magistrados de los tribunales de justicia de los estados. Los considerandos de su sentencia se apoyan en diversos criterios para garantizar la estabilidad o seguridad en el ejercicio del cargo; uno de ellos es la posibilidad de ratificación.
Para el Poder Judicial federal significa que podrán ratificarse los magistrados «siempre y cuando demuestren suficientemente poseer atributos que se les reconocieron al habérseles designado, así como que esa demostración se realizó a través del trabajo cotidiano, desahogado de manera pronta, completa e imparcial, lo que implica la necesidad de que se emitan dictámenes de evaluación de su desempeño por los poderes Judicial, Ejecutivo, y que concurran en la ratificación y vigilancia en el desempeño de la función».
Se refuerza esa tesis con otra de sentido similar que establece que «los magistrados de los tribunales superiores de justicia de los estados, antes de concluir el periodo por el que fueron nombrados, debe emitirse un dictamen de evaluación por el que se precien las causas por las que se considera que deben o no ser reelectos». En sus conclusiones el juez determina que el Gobernador del Estado, el pleno del Tribunal Superior de Justicia y el Congreso deben ajustar su proceder a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la República para que tramiten el proceso de ratificación en su cargo de magistrados, y una vez que hayan realizado la evaluación correspondiente resuelvan lo que corresponda sobre esta ratificación.
Igualmente ordena que los magistrados amparados continúen en sus cargos como magistrados (y López Villalba además como Consejero de la Judicatura), con todos los emolumentos y prestaciones inherentes al cargo, mientras se resuelve si serán o no ratificados. Es decir, deben ser evaluados en funciones. Agregando (para alivio de los terceros perjudicados (Charleston y Edel), sin que ello implique desconocer los derechos de las personas que fueron nombradas en sustitución de los quejosos.
Juego de las sillas
Queda por saber el curso de la revisión a la que se sabe acudirán el Gobernador, el Congreso, el Tribunal Superior de Justicia y los terceros afectados. En el supuesto de que se confirmara la resolución favorable a los magistrados separados, tendrán que reinstalarlos, pagarles salarios caídos, y luego hacerles la evaluación donde pueden tronarlos, lo que seguramente daría lugar a otro juicio, o abandonar la pelea y ratificarlos. Y entonces, ¿que harán con los magistrados que entraron en su lugar?
En parecida situación están, como es sabido, tres casos más de magistrados, dos de ellos mantenidos en el cargo por una suspensión, y dos magistrados nombrados, pero que no han podido asumir funciones. El juego de las sillas entre magistrados no ha terminado. Una salida para los nombrados que no pueden entrar porque el lugar está ocupado sería permitir la creación de nuevas salas de magistrados o visitadurías. En previsión de casos similares, debería instaurarse ya el proceso de evaluación a los magistrados, pero como todos ahí se conocen, se la llevan suave.
Voladores
La crisis diplomática con Francia por el caso de Florence Cassez, la francesa condenada a 60 años de prisión por secuestro, cuyo proceso fue manchado por el montaje televisivo de su detención, resonó en Papantla, y los voladores quedaron colgados de la brocha.
La cancelación caprichosa del programa «Descubre el otro México», con el que se promovería en Francia la cultura nacional y la atracción al turismo, costará al país más de los 20 millones de Euros ya invertidos de 50 aprobados. Calderón se negó a permitir que la francesa purgara su condena en su país, y rechazó que se asociara el nombre de la Cassez a los espectáculos de promoción mexicana. La justicia nacional sería otro de los espectáculos del otro México a descubrir, el de los montajes de Genaro García Luna. Como titular de la AFI ensució el proceso de la francesa, y sigue de jefe en Seguridad Pública federal. Su permanencia es el costo más elevado de todos, pero que Calderón paga gustoso, ¿por qué será?
Va para largo el juicio de amparo de los magistrados de plazo vencido que pretenden permanecer en el cargo en forma vitalicia, pero su resultado final sin duda tendrá serias repercusiones tanto para la composición del Tribunal de Justicia como para la interpretación del tema del nombramiento y estabilidad de los magistrados del Poder Judicial.
Confirmada la veracidad de la resolución del juez de distrito en Xalapa, que concedió el amparo para efectos a los magistrados Haydee González Rebolledo y José Antonio López Villalba, es decir, para que se tramite el proceso de ratificación, que no debe confundirse con un mandamiento de ratificación, el cual admite el recurso y por ello carece de definitividad, el asunto todavía está en veremos.
Aunque en esta primera caída, el juez de distrito falló a favor de los quejosos y quejumbrosos magistrados, el Tribunal de Circuito podría revocar, modificar o confirmar esa resolución.
El revés ha sido inesperado para las autoridades participantes de proceso de nombramiento de magistrados, el Ejecutivo y Congreso, y para el propio Tribunal Superior de Justicia, donde no se concedían muchas posibilidades para una concesión de amparo.
En el medio local, sobre todo en el Poder Judicial del Estado, no se consideraba que el juez de distrito fuera a determinar que la Constitución de Veracruz era inconstitucional en su artículo que estipula la duración en el cargo de magistrado de 10 años improrrogables, por una supuesta contradicción con la federal que contiene la posibilidad de la ratificación.
Con la misma cobija de la inamovilidad
La argumentación del juez, susceptible de modificarse en instancia superior, revela una tendencia en el Poder Judicial federal a volver inamovibles a los magistrados de los tribunales de justicia de los estados. Los considerandos de su sentencia se apoyan en diversos criterios para garantizar la estabilidad o seguridad en el ejercicio del cargo; uno de ellos es la posibilidad de ratificación.
Para el Poder Judicial federal significa que podrán ratificarse los magistrados «siempre y cuando demuestren suficientemente poseer atributos que se les reconocieron al habérseles designado, así como que esa demostración se realizó a través del trabajo cotidiano, desahogado de manera pronta, completa e imparcial, lo que implica la necesidad de que se emitan dictámenes de evaluación de su desempeño por los poderes Judicial, Ejecutivo, y que concurran en la ratificación y vigilancia en el desempeño de la función».
Se refuerza esa tesis con otra de sentido similar que establece que «los magistrados de los tribunales superiores de justicia de los estados, antes de concluir el periodo por el que fueron nombrados, debe emitirse un dictamen de evaluación por el que se precien las causas por las que se considera que deben o no ser reelectos». En sus conclusiones el juez determina que el Gobernador del Estado, el pleno del Tribunal Superior de Justicia y el Congreso deben ajustar su proceder a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la República para que tramiten el proceso de ratificación en su cargo de magistrados, y una vez que hayan realizado la evaluación correspondiente resuelvan lo que corresponda sobre esta ratificación.
Igualmente ordena que los magistrados amparados continúen en sus cargos como magistrados (y López Villalba además como Consejero de la Judicatura), con todos los emolumentos y prestaciones inherentes al cargo, mientras se resuelve si serán o no ratificados. Es decir, deben ser evaluados en funciones. Agregando (para alivio de los terceros perjudicados (Charleston y Edel), sin que ello implique desconocer los derechos de las personas que fueron nombradas en sustitución de los quejosos.
Juego de las sillas
Queda por saber el curso de la revisión a la que se sabe acudirán el Gobernador, el Congreso, el Tribunal Superior de Justicia y los terceros afectados. En el supuesto de que se confirmara la resolución favorable a los magistrados separados, tendrán que reinstalarlos, pagarles salarios caídos, y luego hacerles la evaluación donde pueden tronarlos, lo que seguramente daría lugar a otro juicio, o abandonar la pelea y ratificarlos. Y entonces, ¿que harán con los magistrados que entraron en su lugar?
En parecida situación están, como es sabido, tres casos más de magistrados, dos de ellos mantenidos en el cargo por una suspensión, y dos magistrados nombrados, pero que no han podido asumir funciones. El juego de las sillas entre magistrados no ha terminado. Una salida para los nombrados que no pueden entrar porque el lugar está ocupado sería permitir la creación de nuevas salas de magistrados o visitadurías. En previsión de casos similares, debería instaurarse ya el proceso de evaluación a los magistrados, pero como todos ahí se conocen, se la llevan suave.
Voladores
La crisis diplomática con Francia por el caso de Florence Cassez, la francesa condenada a 60 años de prisión por secuestro, cuyo proceso fue manchado por el montaje televisivo de su detención, resonó en Papantla, y los voladores quedaron colgados de la brocha.
La cancelación caprichosa del programa «Descubre el otro México», con el que se promovería en Francia la cultura nacional y la atracción al turismo, costará al país más de los 20 millones de Euros ya invertidos de 50 aprobados. Calderón se negó a permitir que la francesa purgara su condena en su país, y rechazó que se asociara el nombre de la Cassez a los espectáculos de promoción mexicana. La justicia nacional sería otro de los espectáculos del otro México a descubrir, el de los montajes de Genaro García Luna. Como titular de la AFI ensució el proceso de la francesa, y sigue de jefe en Seguridad Pública federal. Su permanencia es el costo más elevado de todos, pero que Calderón paga gustoso, ¿por qué será?