Ventura Banda
Xalapa, Ver.- En “fast track”, la Legislatura local aprobó a los 212 ayuntamientos a contratar deuda para enfrentar la crisis económica heredada por las pasadas administraciones.
El ayuntamiento de Tantoyuca se ubica como el que tendrá el monto más alto con 115.1 millones de pesos, le sigue Papantla con 108.5 millones de pesos.
San Andrés Tuxla con 87.4 millones de pesos, Veracruz con 83.8 millones de pesos; Xalapa con 72.7 millones decesos; Álamo con 63 millones de pesos; Minatitlán con 62.1 millones de pesos.
Coatzacoalcos con 58.1 millones de pesos; Las Choapas con 57 millones de pesos y Tuxpan con 49.9 millones de pesos.
En contraste, los municipios que recibirán menos dinero, se ubican los municipios más pequeños: Landero y Coss con 458 mil pesos; Acatlán con 731 mil pesos; Tuxtilla con 924 mil pesos.
Coetzala con un millón 447 mil pesos; Aquila con un millón 460 mil pesos; Apazapan con un millón 509 mil pesos.
En una iniciativa presentada por el gobernador Javier Duarte de Ochoa, se solicita a los 212 del Estado a contratar créditos o empréstitos hasta por los montos que en el mismo se establecen y la afectación del derecho y los ingresos que les corresponden en el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, como fuente de pago de los mismos, mediante de la modificación y adhesión, según corresponda, al fideicomiso irrevocable de administración y fuente de pago creado para tales efectos, en los términos que este decreto establece.
Por parte del Gobierno del Estado, los diputados autorizaron a la Secretaría de Finanzas y Planeación a pagar los gastos y demás erogaciones relacionados con la modificación y operación del fideicomiso.
Para tales efectos el gobierno del estado podrá pagar los gastos y demás erogaciones antes referidas directamente, o aportar dicho fideicomiso los recursos necesarios para pagar dichos conceptos.
En lo que fue la última sesión del Primer Año de Ejercicio Constitucional del Primer Período de Sesiones Ordinarias, de acuerdo al dictamen el recurso solicitado será para la creación de obra pública productiva, en donde al amparo del presente decreto hasta el 25 por ciento del derecho y los ingresos que le correspondan en el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, en términos de lo que establece el artículo 50 de la Ley de Coordinación Fiscal, y de lo que dispone el artículo 4 del presente decreto, en el entendido de que para los ejercicios fiscales subsecuentes los acreditados podrán destinar al servicio de la deuda derivada de la contratación de los financiamientos, lo que resulte mayor entre aplicar el 25 por ciento a los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, del año en que los financiamientos hayan sido contratados.